Liquidaciones

Al retirarse un empleado: salario pendiente, indemnización o prestación por renuncia, vacación y aguinaldo proporcionales, con ISSS, AFP y renta, y el saldo de sus préstamos. Al pagarla, el empleado sale de las planillas desde su fecha de retiro.

Planillas

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Nueva liquidación

Vacío = fecha de ingreso. Si ya se le indemnizó antes, la fecha de esa liquidación.
Los días del período que no entraron en planilla.
Vacía = fecha de retiro.

Indemnización por despido: 30 días de salario por año (salario tope de 4 mínimos, nunca menos de 15 días). Renuncia voluntaria: 15 días por año con tope de 2 mínimos, desde 2 años de servicio. Mutuo acuerdo y despido justificado no llevan indemnización. Los topes se cambian en Parámetros de planilla.